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Carteles como FTO: ¿Por qué es problemática y cómo se relaciona con la estrategia más amplia del gobierno estadounidense?

En el caso de México, la designación de carteles como FTO, todas estas estrategias, con sus corolarios, formas de intervención y posibles acciones amparadas en órdenes ejecutivas y operaciones militares emprendidas no fueron, en mi opinión, leídas a tiempo ni de manera integral, lo que llevó al gobierno mexicano a seguir operando en la lógica anterior sin prever posibles escaladas. por Lisa Sánchez

Carlos Nascimento
Por: Carlos Nascimento Fonte: fontesegura.forumseguranca.org.br/EDIÇÃO N.328
29/06/2026 às 10h16
Carteles como FTO: ¿Por qué es problemática y cómo se relaciona con la estrategia más amplia del gobierno estadounidense?

Lisa Sánchez

Especialista mexicana en seguridad y justicia. Fue directora de México Unido Contra la Delincuencia. Miembro de diversas iniciativas regionales sobre seguridad y democracia.

Como ya adelantábamos en la entrega anterior, declarar a los carteles como FTO es una de las primeras acciones necesarias para permitir la habilitación y activación de otras medidas. Lo que no mencionamos es cuáles eran ni de qué estrategias formaban parte. Veamos: la designación de organizaciones terroristas extranjeras se relaciona, se potencia y se habilita por otras acciones amparadas en fundamentos legales como la orden ejecutiva que declaró el fentanilo como arma de destrucción masiva, la directiva secreta al Pentágono para autorizar el uso de la fuerza militar contra los carteles designados como terroristas, las modificaciones a la Ley Patriota para aumentar las atribuciones del FinCEN en la persecución del lavado de activos o las leyes para repeler el fentanilo y sancionar su tráfico, por mencionar algunas.

También ejemplificamos cómo dichas acciones habían sido ya aplicadas al caso mexicano luego de que varios de los carteles con presencia en su territorio fueran designadas como FTO. Dimos como ejemplo la existencia de decenas de casos penales en contra de ciudadanos mexicanos amparadas en la noción del apoyo material, pero también mencionamos el ejemplo de las instituciones financieras señaladas como preocupación primaria para el lavado de activos, de acuerdo con las nuevas atribuciones de FinCEN en materia de fentanilo. En lo que no profundizamos fue en las razones por las que la figura de FTO es problemática, más allá de lo evidente.

Pues bien, la figura de FTO aplicada a los carteles de la droga es problemática por muchas razones. De entrada, por la conflación que hace de las categorías narcotráfico y terrorismo, que activa el régimen de seguridad nacional y aumenta el riesgo de intervenciones militares y operaciones como las ya vistas contra embarcaciones en el Caribe. Enseguida lo es por la vaguedad con la que el mecanismo de designación define el terrorismo y el apoyo material y la facilidad con la que permite la expansión de la persecución penal y la jurisdicción estadounidense, aún fuera de sus fronteras.

La figura también es problemática, por la opacidad y discrecionalidad de los procesos que incluyen la creación de expedientes que nunca se dan a conocer y contemplan la existencia de revocaciones e inaplicación de cláusulas de apoyo material por la decisión unipersonal de dos secretarios de gobierno estadounidense que no tienen la obligación de justificarse. También lo es porque impone reglas del juego a otros países fuera del derecho internacional y les obliga, por presión directa o indirecta, a replicar lógicas de guerra para perseguir delitos como el tráfico de drogas usando a sus propios ejércitos y sus propios regímenes de excepción (ahí están los compromisos suscritos, por ejemplo, en la cumbre “Escudo de las Américas). Finalmente, la figura es problemática por constituir un mecanismo injerencista cuyos riesgos y consecuencias son muy variadas dependiendo del país donde se aplica.

No ahondaré en todas estas dimensiones por cuestión de espacio, pero existen muchas reflexiones y textos sobre el tipo de riesgos que entraña el momento por el que pasan las relaciones Estados Unidos – América Latina. En su lugar, usaré estas últimas líneas para describir cómo las designaciones forman parte de un nuevo engranaje programático, político y legal que es mucho más amplio, complejo y riesgoso de lo que a veces dimensionamos.

Existen al menos tres documentos del gobierno estadounidense a mirar para entender la magnitud de los impactos que la designación y otras acciones en el mismo sentido puede alcanzar en nuestros países:

1) la estrategia de seguridad nacional

2) la estrategia nacional de control de drogas y

3) la estrategia nacional contra el terrorismo. La mención no es inocua pues en ellas se definen tanto las prioridades de acción como las formas de intervención sobre los fenómenos en cuestión -la seguridad nacional, las drogas o el terrorismo-, el enfoque que habrá de seguirse o las acciones que habrán de tomarse y las expectativas y resultados contra las que se evaluarán.

Analicémoslo con más detalle. En la estrategia de seguridad nacional, se establece con claridad que la prioridad regional número uno de los Estados Unidos es el hemisferio occidental, donde se buscará materializar el “Corolario Trump” de la Doctrina Monroe. En el mismo documento, se establece como prioridad trabajar con los gobiernos del continente para detener los flujos de migración ilegal y el narcotráfico, y se propone reconsiderar la presencia militar estadounidense en el hemisferio para atender mejor sus preocupaciones de seguridad nacional realizando, entre otros, despliegues para asegurar su frontera y derrotar a los carteles. Lo anterior incluye el uso de la fuerza letal, cuando sea necesario, para reemplazar la estrategia fallida de las décadas anteriores basada únicamente en la aplicación de la ley[1].

Por su parte, en la estrategia nacional de control de drogas se explicita que el gobierno estadounidense está determinado a llevar a cabo una ofensiva total contra las FTO y otras organizaciones criminales transnacionales y que para ello establecerá grupos de trabajo liderados por el Departamento de Seguridad Interior como forma de asegurar que todo el gobierno participe de estas acciones, incluyendo el Departamento de Guerra o agencias de inteligencia como la CIA, de acuerdo a lo estipulado por la Orden Ejecutiva que decretó al fentanilo como arma de destrucción masiva[2]. Finalmente, en la estrategia nacional contra el terrorismo se define que Estados Unidos enfrenta tres tipos de grupos terroristas:

1) los narcoterroristas y las pandillas o grupos transnacionales

2) los islamistas y

3) los extremistas de izquierda, incluyendo anarquistas y antifascistas. Sobre ellos, profundiza diciendo que además de las categorizaciones iniciales, la estrategia incluye la atención de cinco aspectos funcionales en los que se incluye las nuevas y cambiantes formas de colaboracionismo entre Estados-nacionales y los carteles, y la amenaza de estos grupos utilizando armas nucleares, biológicas o químicas. La atención al narco-terrorismo se centra en la misma premisa de participación de “todo el gobierno” y explicita que en el caso donde los gobiernos extranjeros no puedan o no quieran trabajar con ellos en la atención del fenómeno se hará todo lo necesario para proteger a los Estados Unidos, especialmente cuando dicho gobierno sea cómplice de los carteles[3].

En el caso de México, donde la designación de carteles como FTO vino primero (junto con El Salvador y Venezuela) todas estas estrategias, con sus corolarios, formas de intervención y posibles acciones amparadas en órdenes ejecutivas y operaciones militares emprendidas no fueron, en mi opinión, leídas a tiempo ni de manera integral, lo que llevó al gobierno mexicano a seguir operando en la lógica anterior sin prever posibles escaladas. Entre las acciones que se siguieron realizando están la extradición y expulsión, incluso fuera del tratado de extradición, de más de 180 de ciudadanos mexicanos acusados o sentenciados por narcotráfico para ser juzgados en tribunales estadounidenses. Tampoco se previó por los servicios de inteligencia mexicanos ni se aclaró por los canales diplomáticos, cómo fue posible que un líder criminal -del Cartel de Sinaloa- se llevara y entrega a Estados Unidos a otro líder criminal -El Mayo Zambada- del mismo grupo, ni se hizo inteligencia de lo que todas esas personas -extraditados, expulsados, entregados y secuestrados- estaban declarando en EU.

Mientras tanto, en Estados Unidos las autoridades avanzaron con la designación de carteles como FTO, iniciaron decenas de casos por apoyo material y narcotráfico, removieron visas a decenas de políticos y funcionarios, presuntamente realizaron sobrevuelos de drones y aeronaves estadounidenses no tripuladas con el conocimiento de autoridades mexicanas, pactaron acuerdos de colaboración con líderes criminales que optaron por colaborar y hoy amenazan con alimentar expedientes en contra de otros ciudadanos mexicanos, incluyendo políticos y autoridades, y realizaron operaciones encubiertas con agentes de la CIA. Además, acusaron a una decena de funcionarios, incluyendo un gobernador y un senador en funciones, de coludirse con la facción de los Chapitos del Cartel de Sinaloa para permitir el tráfico de drogas.

No justifico ninguna de estas acciones como tampoco niego la ampliamente documentada participación de autoridades mexicanas en actividades ilícitas, sea de manera activa o por aquiescencia o connivencia -para constatarlo solo hace falta ver los informes del Comité de Desaparición Forzada de la ONU o de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, o las miles de denuncias públicas de colectivos de víctimas y periodistas que han denunciado el contubernio criminal de los gobiernos mexicanos de todos los partidos y en todos los niveles.

Tampoco niego la intención ulterior de estas acciones por parte de quien las impulsa ni omito la responsabilidad de nuestros gobiernos en la crisis de seguridad y violencia que vivimos o en la viciosa retroalimentación del ciclo de presión que ejercen los Estados Unidos en materia de seguridad. Después de todo el gobierno mexicano militarizó la lucha anti-drogas y la migración, prohibió el fentanilo a nivel constitucional mientras ilegalizó el uso de naloxona para revertir sobredosis por opioides sintéticos y entregó a cientos de mexicanos para ser juzgados en Estados Unidos por crímenes cometidos allá, en perjuicio de las víctimas de los crímenes cometidos en México. Pero la intención de este texto no ha sido ni es dictar qué se debió o debe hacer, sino reconocer que al menos yo no dimensioné el alcance del andamiaje que se construía, y en su momento no entendí a cabalidad qué significaba la designación de FTO y lo que podía venir después. Ojalá esta información sirva para que nacional y regionalmente repensemos la seguridad y los riesgos que la acción unilateral de Estados Unidos, en los términos en los que se plantea, entraña para todos.

[1] The White House. National Security Strategy of the United States of America. Washington, D.C.: The White House, November 2025.

[2] The White House. National Drug Control Strategy 2026. Washington, D.C.: The White House, 2026.

[3] The White House. United States Counterterrorism Strategy 2026. Washington, D.C.: The White House, May 2026.

fontesegura.forumseguranca.org.br/EDIÇÃO N.328

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